Legia.es

Categoría · 144 guías

Derecho laboral

Guías especializadas en laboral actualizadas con la normativa española vigente.

En lo laboral el problema casi nunca es tener razón: es llegar a tiempo. Para impugnar un despido tienes veinte días hábiles, y no es un plazo que puedas interrumpir con un burofax: es de caducidad, así que agotado se extingue la acción aunque el despido fuera nulo (art. 59.3 ET y art. 103.1 LRJS).

Esa distinción entre caducidad y prescripción es la que más derechos cuesta en esta área. Por eso aquí cada guía empieza por el plazo y no por la teoría: mira el reloj antes que el argumento. El derecho laboral cubre contrato, salario, jornada, despido, prevención de riesgos y representación colectiva, siempre con la norma y el artículo delante.

En resumen

  • 20 días hábiles para impugnar un despido. Es plazo de caducidad —el que extingue la acción sin posibilidad de reabrirla— «a todos los efectos»: agotado, se pierde aunque el despido fuera nulo (art. 59.3 ET y 103.1 LRJS).
  • 1 año para reclamar cantidades del contrato —salarios, horas extra, pluses— sin plazo especial (art. 59.1 y 59.2 ET).
  • Antes de demandar hay que intentar la conciliación previa ante el SMAC, el servicio administrativo que media entre empresa y trabajador (art. 63 LRJS). La papeleta suspende la caducidad e interrumpe la prescripción (art. 65.1 LRJS).
  • El convenio colectivo es fuente de la relación laboral (art. 3.1.b ET) y casi siempre mejora la ley: léelo antes de reclamar.
  • Afiliación, altas, bajas y cuotas ante la Tesorería General no son orden social: van al contencioso-administrativo (art. 3.f LRJS).

Qué abarca el derecho laboral y dónde está su frontera

Lo que sí entra

El orden social —los juzgados y tribunales especializados en trabajo— conoce de los litigios derivados del contrato de trabajo, de los daños por accidente de trabajo o enfermedad profesional, del régimen profesional del autónomo económicamente dependiente y de la impugnación de sanciones de la autoridad laboral (art. 2, letras a, b, d y n, LRJS), además de las prestaciones de Seguridad Social, incluido el desempleo (art. 2.o).

Lo que queda fuera

Con la Seguridad Social la frontera es de procedimiento: las prestaciones se litigan en lo social, pero exigen reclamación previa ante la entidad gestora en 30 días y están exentas de SMAC (arts. 64.1 y 71 LRJS). Sí salen del orden social la afiliación, altas, bajas, liquidación de cuotas y recaudación de la TGSS, que van al contencioso-administrativo (art. 3.f LRJS). Y funcionarios y personal estatutario están excluidos del Estatuto de los Trabajadores (art. 1.3.a ET).

El marco normativo: cinco piezas que se leen juntas

  • Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015): contrato, salario, jornada, permisos y extinción.
  • Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social: cómo y cuándo se reclama, plazos y trámites previos.
  • Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015): bajas, incapacidad y prestaciones.
  • Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: derecho a una protección eficaz cuyo coste no puede recaer «en modo alguno» sobre la plantilla (art. 14.1 y 14.5 LPRL).
  • Convenio colectivo: fuente de la relación laboral (art. 3.1.b ET). Entre normas en conflicto se aplica lo más favorable en su conjunto y en cómputo anual (art. 3.3), y no cabe disponer de derechos indisponibles (art. 3.5).

Plazos críticos: aquí se pierden más derechos que en el juicio

ActuaciónPlazoNaturalezaNorma
Impugnar el despido o el fin de un contrato temporal20 días hábilesCaducidadArt. 59.3 ET; 103.1 LRJS
Impugnar movilidad geográfica o modificación sustancial20 días hábilesCaducidadArt. 59.4 ET; 138.1 LRJS
Reclamar cantidades (salarios, horas extra, pluses)1 añoPrescripciónArt. 59.1 y 59.2 ET
Reclamación previa ante la entidad gestora30 díasRequisito previoArt. 71.2 LRJS
Demanda tras denegarse la reclamación previa30 díasPlazo para demandarArt. 71.6 LRJS
Impugnar el alta médica11 días la previa, cuando es exigible; 20 días la demandaPlazo para demandarArt. 71.1, 71.2 y 71.6 LRJS
Demandar a una Administración agotada la vía administrativa2 meses; 20 días hábiles si es despidoPlazo para demandarArt. 69.2 y 69.3 LRJS

Dos precisiones que deciden casos. En el despido no computan sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano jurisdiccional (art. 103.1 LRJS). Y son inhábiles agosto y del 24 de diciembre al 6 de enero, salvo —entre otras— para despido, extinciones de los arts. 50, 51 y 52 ET, movilidad, modificación sustancial, altas médicas, vacaciones, conflictos colectivos y tutela de derechos fundamentales (art. 43.4 LRJS): quien espera a septiembre llega tarde.

La conciliación previa ante el SMAC

Intentar la conciliación o mediación ante el servicio administrativo correspondiente es requisito previo del proceso (art. 63 LRJS). Se exceptúan, entre otros, Seguridad Social, vacaciones, materia electoral, movilidad geográfica, modificación sustancial, impugnación de convenios colectivos, tutela de derechos fundamentales y violencia de género (art. 64.1 LRJS). Ojo con un error muy repetido: el conflicto colectivo sí exige conciliación o mediación (art. 156.1 LRJS).

Lo decisivo es su efecto sobre el reloj. La papeleta interrumpe la prescripción y suspende la caducidad desde su presentación. El cómputo se reanuda al día siguiente de intentada la conciliación o transcurridos quince días hábiles sin celebrarse; a los treinta días hábiles sin acto ni acuerdo el trámite se tiene por cumplido (art. 65.1 y 65.2 LRJS, redacción de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, vigente desde el 3 de abril de 2025).

Los problemas más frecuentes, por bloques

Despido y finiquito

El despido disciplinario se notifica por escrito, con los hechos que lo motivan y la fecha de efectos (art. 55.1 ET). Desde la sentencia del Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2024 (ECLI:ES:TS:2024:5454), la empresa debe además dar audiencia previa, por aplicación directa del art. 7 del Convenio 158 de la OIT. La propia sentencia limitó el cambio a los despidos posteriores a su publicación, de modo que no cabe invocarlo frente a ceses anteriores. Declarado improcedente, la indemnización es de 33 días de salario por año, máximo 24 mensualidades (art. 56.1 ET); si quieres ver cómo se traduce eso en tu antigüedad, tenemos una guía para calcular la indemnización por despido según los años trabajados. En el despido objetivo, 20 días por año, máximo 12 mensualidades, con 15 días de preaviso (art. 53.1 ET) y propuesta de documento de liquidación (art. 49.2 ET).

Salario y nómina

El pago ha de ser puntual y documentado mediante recibo individual, en periodos no superiores al mes (art. 29.1 ET). El interés por mora es del 10 % de lo adeudado (art. 29.3 ET). El salario mínimo interprofesional para 2026 es de 1.221 €/mes o 40,70 €/día (Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero).

Jornada y horas extraordinarias

La jornada ordinaria máxima sigue siendo de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, con 12 horas de descanso entre jornadas (art. 34.1 y 34.3 ET). La empresa debe garantizar el registro diario de jornada, con horario concreto de inicio y fin, y conservarlo cuatro años (art. 34.9 ET), en la línea de lo exigido por la sentencia del TJUE de 14 de mayo de 2019, C-55/18, CCOO contra Deutsche Bank (ECLI:EU:C:2019:402). Las horas extra no pueden superar las 80 al año y, sin pacto, se compensan con descanso en cuatro meses (art. 35.1 y 35.2 ET). Para el detalle del cálculo y del abono, consulta la guía sobre la hora extraordinaria.

Bajas e incapacidad

La incapacidad temporal dura como máximo 365 días, prorrogables 180 (art. 169.1.a LGSS). El subsidio se extingue a los 545 días naturales y entonces se examina el grado de incapacidad permanente en un plazo máximo de 90 días naturales (art. 174.1 y 174.2 LGSS). Desde la Ley 2/2025, de 29 de abril, la incapacidad permanente ya no extingue automáticamente el contrato: solo si los ajustes razonables son una carga excesiva o no hay puesto compatible (art. 49.1.n ET). Si el cese llega mientras estás de baja, mira qué opciones tienes cuando te despiden estando de baja.

Acoso y derechos fundamentales

El despido con móvil discriminatorio o con violación de derechos fundamentales es nulo, con readmisión inmediata y salarios dejados de percibir (art. 55.5 y 55.6 ET). Está exento de conciliación previa (art. 64.1 LRJS) y, frente a las Administraciones, del agotamiento de la vía administrativa, con demanda en 20 días (art. 70 LRJS). Exento de trámite no es sin plazo.

Excedencias y permisos

La excedencia voluntaria exige un año de antigüedad, dura de cuatro meses a cinco años y no reserva el puesto: solo da derecho preferente al reingreso (art. 46.2 y 46.5 ET). La de cuidado de hijo llega a tres años, con reserva durante el primero (art. 46.3 ET); las reglas cuando el cuidado es de un familiar las desarrollamos en la guía de excedencia por cuidado de familiares. Permisos retribuidos: 15 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho, 5 días por accidente o enfermedad graves u hospitalización de cónyuge, pareja, parientes hasta segundo grado o conviviente a cargo, y 2 días por fallecimiento (art. 37.3, letras a, b y b bis, ET).

Jubilación y pensiones

La jubilación parcial permite reducir la jornada entre un 25 % y un 75 % y cobrar la parte proporcional de pensión (art. 215.1 LGSS); si ya tienes la edad ordinaria, no hace falta contrato de relevo.

Otras guías del área

Cuándo puedes reclamar tú y cuándo conviene abogado

Hay trámites que se hacen sin profesional: la papeleta de conciliación, la denuncia ante la Inspección de Trabajo o la reclamación previa ante la entidad gestora. De hecho, en la instancia la defensa por abogado y la representación técnica por graduado social son facultativas; solo son preceptivas en suplicación y casación (art. 21.1 LRJS). Trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social tienen además reconocida por ley la asistencia jurídica gratuita en este orden (art. 21.4 LRJS).

Facultativa no es sinónimo de recomendable. Conviene asistencia técnica si el despido puede ser nulo, si la antigüedad es alta y todo se juega en el cálculo, si la empresa es insolvente, si hay acoso o accidente de trabajo, o si hay que elegir entre demandar por despido y pedir la extinción del art. 50 ET.

Ejemplo práctico

A una trabajadora le entregan la carta de despido disciplinario a finales de julio. Da por hecho que agosto es inhábil y que puede ocuparse en septiembre. Error: el despido está expresamente excluido de esa inhabilidad (art. 43.4 LRJS), así que los veinte días hábiles del art. 59.3 ET corren en pleno verano, descontando solo sábados, domingos y festivos de la sede del juzgado (art. 103.1 LRJS). Presenta la papeleta ante el SMAC antes de agotarlos: desde ese momento la caducidad queda suspendida (art. 65.1 LRJS) y, si el acto no llega a celebrarse, el cómputo se reanuda pasados quince días hábiles con los días que le quedaban. Firmar el finiquito no habría detenido ese reloj.

🧮 Calcula tu caso: Calculadora de indemnización por despido.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el derecho laboral?

El conjunto de normas que regulan el trabajo por cuenta ajena. Su núcleo es el Estatuto de los Trabajadores, aplicado junto al convenio colectivo y al contrato, sin que estos puedan empeorar los derechos indisponibles (art. 3.1 y 3.5 ET). Los conflictos se resuelven ante los juzgados de lo social conforme a la Ley 36/2011.

¿Cuál es el plazo para reclamar un despido?

Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido, sin contar sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano jurisdiccional (art. 59.3 ET y 103.1 LRJS). Presentar la papeleta de conciliación dentro de ese plazo suspende el cómputo (art. 65.1 LRJS).

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar salarios impagados?

Un año desde que la acción pudo ejercitarse, por ser acción derivada del contrato sin plazo especial (art. 59.1 y 59.2 ET). Al ser prescripción y no caducidad, una reclamación extrajudicial fehaciente la interrumpe y el plazo vuelve a empezar (art. 1973 del Código Civil).

Si firmo el finiquito, ¿pierdo el derecho a reclamar?

Firmar el recibo no detiene los veinte días hábiles del art. 59.3 ET. La ley reconoce el derecho a solicitar la presencia de un representante legal al firmar y, si la empresa lo impide, a hacerlo constar en el propio recibo (art. 49.2 ET).

¿Es obligatorio pasar por el SMAC antes de demandar?

Como regla general sí (art. 63 LRJS), pero no en Seguridad Social, vacaciones, materia electoral, movilidad geográfica, modificación sustancial, impugnación de convenios ni tutela de derechos fundamentales, entre otros supuestos del art. 64.1 LRJS. El conflicto colectivo, en cambio, sí lo exige (art. 156.1 LRJS).

Fuentes oficiales

Información orientativa; no sustituye el asesoramiento de un abogado. Verifica tu caso concreto. Si tu plazo ya está corriendo, puedes consultar tu caso con nuestro servicio de derivación.

Laboral

Accidente de trabajo: qué derechos tienes y cómo reclamar

Qué prestaciones te corresponden tras un accidente laboral, por qué importa que se califique como tal y cuándo cabe reclamar un recargo o da...

8 min lectura ·

Laboral

Edad de jubilación en 2026 en España

No es una cifra fija: depende de los años que hayas cotizado. Cómo saber cuál es la tuya y qué pasa si te jubilas antes o sigues trabajando...

6 min lectura ·

Laboral

Prestación por hijo a cargo: qué la sustituye en 2026

La antigua asignación por hijo a cargo ya no se puede solicitar en la mayoría de los casos. Qué la ha sustituido, quién conserva la anterior...

9 min lectura ·

Laboral

Excedencia por cuidado de hijos (art. 46.3 ET)

La excedencia por cuidado de hijos es uno de los derechos de conciliación más potentes que reconoce el ordenamiento laboral español.

6 min lectura ·

Laboral

Despido improcedente 2026: indemnización, plazos y derechos

Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa o falla en la forma. Qué defectos lo provocan, qué indemnización genera y...

7 min lectura ·

Laboral

Despido tácito: cuándo existe y cómo reclamarlo sin carta

El despido tácito existe cuando el empresario incumple gravemente el contrato. Tienes 72 horas para actuar y reclamar tu indemnización. Guía...

7 min lectura ·

Laboral

Absentismo laboral: qué puede hacer la empresa y qué ya no puede

El absentismo laboral es la ausencia del trabajador de su puesto durante la jornada que le corresponde. Su tratamiento legal cambió de raíz...

6 min lectura ·

Laboral

Cómo calcular el finiquito: conceptos y ejemplo

El finiquito es la liquidación de cantidades pendientes que la empresa te debe al terminar el contrato, sea cual sea la causa.

8 min lectura ·

Laboral

Indemnización por cierre de empresa: guía 2026

Si tu empresa cierra por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, te corresponde una indemnización de 20 días de salario...

8 min lectura ·

Laboral

Categoría profesional y grupo profesional en el ET

La categoría profesional era el escalón concreto que un trabajador ocupaba en la empresa (auxiliar administrativo, oficial de primera, jefe...

13 min lectura ·

Laboral

Pensión no contributiva 2026: requisitos y cuantía

La pensión no contributiva (jubilación e invalidez) garantiza una renta a quien no ha cotizado lo suficiente o nunca lo ha hecho.

8 min lectura ·

Laboral

Excedencia por cuidado de familiares: duración y derechos

La excedencia por cuidado de familiares te permite dejar de trabajar durante un tiempo, sin cobrar salario, pero sin romper el vínculo con l...

16 min lectura ·

Laboral

Ingreso Mínimo Vital 2026: requisitos y cuantías

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social que garantiza un nivel mínimo de renta a hogares en situación de vuln...

10 min lectura ·

Laboral

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): guía

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es una cotización adicional y finalista a la Seguridad Social, creada por la Ley 21/2021, cu...

7 min lectura ·

Laboral

Jubilación activa: cobrar pensión y seguir trabajando

La jubilación activa permite cobrar la pensión de jubilación y, al mismo tiempo, seguir trabajando por cuenta ajena o como autónomo.

7 min lectura ·

Laboral

Cómo pedir el paro (prestación contributiva) ante el SEPE

Para pedir el paro debes estar en situación legal de desempleo, haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años y presentar la solici...

10 min lectura ·

Laboral

Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015)

El Estatuto de los Trabajadores es la norma central del Derecho laboral español. Su versión vigente es el Real Decreto Legislativo 2/2015, d...

6 min lectura ·

Laboral

Horas extraordinarias: límites y pago (art. 35 ET)

Las horas extraordinarias son las horas de trabajo que se realizan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria pactada.

7 min lectura ·

Laboral

Contrato a tiempo parcial: art. 12 ET explicado

El contrato a tiempo parcial es aquel en el que se pacta trabajar menos horas que un trabajador a tiempo completo comparable (art.

9 min lectura ·

Laboral

Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social

La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (conocida por sus siglas LRJS) es la norma procesal que regula cómo s...

5 min lectura ·

Laboral

Incapacidad permanente absoluta: qué es y cuánto se cobra

La incapacidad permanente absoluta (IPA) es el grado que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.

8 min lectura ·

Laboral

Permiso parental de 8 semanas (art. 48 bis ET)

El permiso parental de ocho semanas es uno de los derechos de conciliación más relevantes incorporados al Estatuto de los Trabajadores en lo...

5 min lectura ·

Laboral

Excedencia voluntaria: derechos del trabajador (art. 46 ET)

En la excedencia voluntaria el contrato queda suspendido: no trabajas, no cobras y no cotizas. Suspender el contrato significa que el víncul...

17 min lectura ·

Laboral

Cuánto dura una baja por ansiedad o depresión

Una baja por ansiedad o depresión dura lo que dure el proceso clínico, con un máximo de 365 días prorrogables por otros 180: 545 días natura...

15 min lectura ·

¿No encuentras lo que buscas?

Pregunta a la IA jurídica gratis

¿Tienes una duda legal?

Plantea tu caso. Te respondemos en menos de 2 minutos, con los artículos del BOE en la mano.

Orientación preliminar gratuita. Sin compromiso. Si tu caso necesita un abogado colegiado, te lo decimos antes de seguir.