Burofax impugnación despido nulo (baja, embarazo)
Borrador de burofax extrajudicial para comunicar hechos y reservar acciones frente a un despido que podría vulnerar derechos fundamentales. Una baja médica aislada no determina por sí sola la nulidad; completa los marcadores y revisa el caso antes de enviarlo.
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[CIUDAD], a [FECHA] A LA ATENCIÓN DE: [NOMBRE EMPRESA / REPRESENTANTE LEGAL] CIF: [CIF EMPRESA] Domicilio: [DIRECCIÓN EMPRESA] Asunto: COMUNICACIÓN Y REQUERIMIENTO SOBRE DESPIDO; RESERVA DE ACCIONES D./Dña. [TU NOMBRE], con DNI/NIE [DNI/NIE], trabajador/a de esa empresa desde [FECHA INICIO], con categoría profesional [CATEGORÍA], y datos de contacto [TELÉFONO / EMAIL], mediante el presente burofax con certificación de texto y acuse de recibo, EXPONGO PRIMERO. En fecha [FECHA DESPIDO], la empresa me comunicó [verbalmente / por escrito] el cese, con efectos de [FECHA EFECTOS], alegando [CAUSA ALEGADA]. Si existe carta de despido, identifico su fecha y contenido esencial: [RESUMEN FIEL DE LA CARTA]. Si no se entregó carta, dejo constancia de ese hecho. SEGUNDO. En esa fecha concurrían, según los hechos que puedo acreditar, las siguientes circunstancias: ☐ Incapacidad temporal iniciada el [FECHA BAJA]. Aporto solo [DOCUMENTO MÍNIMO NECESARIO], si procede; no adjunto diagnóstico ni informe clínico completo salvo que exista una necesidad jurídica concreta y un cauce adecuado. ☐ Embarazo, nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o permiso protegido: [HECHO Y DOCUMENTO MÍNIMO, SI PROCEDE]. ☐ Reducción o adaptación de jornada, conciliación o ejercicio de un derecho laboral: [HECHO Y FECHA]. ☐ Queja, reclamación o acción relacionada con derechos fundamentales: [HECHO, FECHA Y EVIDENCIA]. ☐ Indicios concretos de trato desigual o motivo discriminatorio: [HECHOS COMPARABLES, PERSONAS, FECHAS Y EVIDENCIA]. ☐ Otro hecho relevante: [ESPECIFICAR]. Estas casillas describen hechos que deben comprobarse. La coincidencia temporal con una baja médica, por sí sola, no declara ni demuestra automáticamente la nulidad del despido. TERCERO. HECHOS E INDICIOS. Expongo de forma cronológica y verificable los hechos que relacionan la decisión extintiva con la circunstancia protegida o con el trato desigual alegado: [DESCRIPCIÓN CONCRETA DE HECHOS, FECHAS, COMUNICACIONES Y PRUEBAS]. No afirmo como hecho probado lo que no pueda identificar o acreditar. CUARTO. ALCANCE JURÍDICO. La eventual nulidad depende de la causa, los hechos y la norma aplicable al caso. El artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores contempla supuestos específicos; la Ley 15/2022 no modificó por sí sola ese artículo ni convierte cualquier incapacidad temporal en nulidad automática. Sus artículos 2 y 3 incluyen la enfermedad o condición de salud entre los motivos protegidos y el empleo, sus condiciones y el despido entre los ámbitos cubiertos. Cuando la diferencia se basa en enfermedad o condición de salud, el artículo 2.3 concreta que solo puede derivar del propio tratamiento, de limitaciones objetivas que esa enfermedad imponga para determinadas actividades o de razones de salud pública; no basta una excepción genérica. El artículo 30 solo activa la regla específica de justificación cuando quien alega discriminación aporta indicios fundados: entonces corresponde a la parte demandada aportar una explicación objetiva, razonable, suficientemente probada y proporcional. Una baja médica aislada no satisface por sí sola ese umbral. Esta comunicación reserva las acciones que procedan sin atribuir a este burofax una declaración judicial. QUINTO. REQUERIMIENTO EXTRAJUDICIAL. Solicito que la empresa revise la decisión y comunique por escrito su posición. Si reconoce un error y deja sin efecto el cese, deberá concretar la reincorporación y las condiciones aplicables. Este requerimiento no sustituye una demanda, una papeleta de conciliación o mediación, la acreditación de su presentación, ni una resolución judicial. SEXTO. RESERVA DE ACCIONES Y PLAZOS. Si no se alcanza una solución, ejercitaré dentro del plazo que corresponda la acción que proceda, con petición principal de nulidad cuando los hechos y la norma la sostengan y, cuando sea jurídicamente procedente, pretensión subsidiaria de improcedencia. La acción contra el despido está sujeta, como regla general, a veinte días hábiles desde el día siguiente al despido, sin sábados, domingos ni festivos del órgano judicial competente. Compruebo la sede y el calendario aplicables antes de actuar. La actividad previa de conciliación o mediación puede ser exigible salvo las excepciones legales. Si procede y se presenta la solicitud ante el servicio competente, el artículo 65 LRJS suspende la caducidad desde esa presentación: el cómputo se reanuda al día siguiente de intentada la conciliación o mediación o cuando transcurren quince días hábiles desde la solicitud sin que se haya celebrado; transcurridos treinta días hábiles sin acto, inicio de mediación o acuerdo, el procedimiento se tiene por terminado y cumplido el trámite. No se reinicia un nuevo plazo completo de veinte días. Este burofax dirigido a la empresa no produce por sí solo esa suspensión. La clasificación de la acción, las excepciones del artículo 64 LRJS y la modalidad de despido del artículo 184 LRJS deben revisarse conjuntamente. SÉPTIMO. DATOS DE SALUD. Solo comunico los datos necesarios para explicar el hecho laboral alegado. El artículo 20.4 ET permite al empresario verificar el estado de salud alegado para justificar ausencias mediante personal médico, y la negativa puede tener los efectos económicos previstos legalmente. Esa regla no obliga a adjuntar por defecto el diagnóstico o la historia clínica completa. El tratamiento de datos de salud exige finalidad, minimización, seguridad y una excepción aplicable del artículo 9 RGPD. Por todo ello, REQUIERO que la empresa acuse recibo de esta comunicación y comunique su posición sobre el cese y los hechos expuestos. Si no responde o mantiene la decisión, conservaré esta comunicación y las pruebas correspondientes para las actuaciones que procedan. En [CIUDAD], a [FECHA] Firmado: [TU NOMBRE] DNI/NIE: [DNI/NIE] Teléfono / email: [TELÉFONO / EMAIL] Documentación que, en su caso, se acompaña: [LISTA DE DOCUMENTOS MÍNIMOS Y NECESARIOS]. No adjuntar datos clínicos innecesarios.
Cómo usar esta plantilla
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Conserva una copia del texto final y del justificante de envío, certificación de contenido y acuse. La vista pública permite copiar e imprimir en el navegador, pero no ofrece generación ni descarga de un PDF nativo; no presenta una demanda, no remite una papeleta ni acredita por sí sola la recepción.
¿Una baja médica hace nulo el despido?
No automáticamente. La incapacidad temporal puede ser un hecho relevante, pero la calificación depende de la causa, los hechos e indicios y el supuesto legal aplicable. Una coincidencia temporal aislada no es una declaración judicial de nulidad.
- Describe hechos concretos: fechas, comunicaciones, comparadores y decisiones.
- Separa el contexto médico de la conclusión: no afirmes nulidad como hecho probado.
- Reserva la pretensión subsidiaria de improcedencia cuando sea jurídicamente procedente.
Qué relación tiene la Ley 15/2022 con el artículo 55.5 ET
La Ley 15/2022 es una fuente relevante para analizar igualdad y no discriminación, pero no modificó por sí sola el artículo 55.5 ET ni creó una nulidad automática para cualquier baja médica. Sus artículos 2 y 3 incluyen enfermedad o condición de salud y el empleo, las condiciones de trabajo y el despido en su ámbito. Para enfermedad o condición de salud, el artículo 2.3 limita las diferencias a las derivadas del tratamiento, de limitaciones objetivas para determinadas actividades o de razones de salud pública. El artículo 30 exige indicios fundados antes de que la parte demandada deba justificar objetiva, razonable, probada y proporcionalmente sus medidas. La IT por sí sola no aporta ese resultado. La plantilla no sustituye la comparación entre los hechos y el supuesto legal concreto.
Qué prueba médica es prudente adjuntar
Empieza por el dato laboral y temporal necesario y por el justificante mínimo que pueda acreditar el hecho. El diagnóstico, la historia clínica y los detalles de una hospitalización deben reservarse para el cauce, destinatario y finalidad que realmente los necesiten.
El artículo 20.4 ET permite una verificación médica del estado alegado para justificar ausencias; no convierte el diagnóstico completo en anexo obligatorio de este burofax. La necesidad puede variar según el derecho invocado y el destinatario.
- Artículo 20.4 ET en BOE.
- RGPD, artículos 5 y 9 en EUR-Lex.
- FAQ AEPD sobre justificantes de ausencia (orientación institucional; no regla universal).
El plazo de veinte días hábiles
La acción contra el despido tiene, como regla general, veinte días hábiles desde el día siguiente al despido. No se cuentan sábados, domingos ni festivos del órgano judicial competente. Comprueba la sede y el calendario real; no conviertas el plazo en una fecha automática dentro de esta plantilla.
El burofax no suspende por sí solo la caducidad
Cuando la actividad previa sea exigible, la solicitud ante el servicio competente suspende la caducidad desde su presentación en los términos del artículo 65 LRJS. El cómputo se reanuda al día siguiente de intentada la conciliación o mediación o después de quince días hábiles sin acto; a los treinta días hábiles sin acto, inicio de mediación o acuerdo, el trámite se tiene por cumplido. Este burofax a la empresa no equivale a esa solicitud y no reinicia un plazo de veinte días.
Tutela de derechos fundamentales y modalidad de despido
El artículo 64 LRJS enumera excepciones a la conciliación o mediación previa, incluida la tutela de derechos fundamentales. El artículo 184 LRJS exige tramitar el despido y otras acciones por la modalidad correspondiente cuando se invoca una lesión, acumulando la tutela en los términos legales. No marques la carta como exenta solo por usar la palabra “discriminación”.
Nulidad, salarios, daños y costas
La readmisión y los salarios dejados de percibir por nulidad son efectos de la declaración correspondiente, no del envío de esta carta: el artículo 55.6 ET y el artículo 113 LRJS los vinculan al despido declarado nulo. El artículo 183 LRJS ordena al tribunal pronunciarse sobre la indemnización por vulneración cuando la sentencia la declara; no ofrece una suma automática. El artículo 235 LRJS trata las costas del recurso con límites y excepciones, no garantiza costas de este burofax.
- Artículo 55.6 ET.
- Artículo 113 LRJS.
- Artículo 183 LRJS.
- Artículo 184 LRJS.
- Artículo 235 LRJS.
- Artículo 21 LRJS: postulación judicial.
Fuentes y alcance editorial
Fuentes oficiales utilizadas en esta revisión, dentro de un alcance seleccionado: Estatuto de los Trabajadores original y consolidado (arts. 20, 55 y 59); LRJS original y consolidada (arts. 21, 63, 64, 65, 80, 103, 113, 183, 184 y 235); Ley 15/2022 original y consolidada (arts. 2, 3 y 30); RGPD (arts. 5 y 9); y la FAQ de la AEPD sobre justificantes de ausencia como orientación institucional. También se consultaron las unidades reformadoras seleccionadas de RDL 6/2019, LO 10/2022, RDL 6/2023 y LO 1/2025 en sus publicaciones original y consolidada para comprobar su relación con el marco vigente. La ficha se revisa el 07/10/2026; estas referencias no representan una lectura íntegra de las leyes ni una revisión por abogado.
Ley 15/2022, arts. 2, 3 y 30 en BOE; RDL 6/2019; LO 10/2022; RDL 6/2023; LO 1/2025.
La FAQ de la AEPD se usa como orientación institucional sobre minimización de justificantes, no como sustituto de la norma ni como validación de los hechos de una persona.
Elaborado por nuestro equipo de trabajo a partir del texto consolidado publicado en el BOE. Es información general y no sustituye al asesoramiento de un profesional que estudie tu caso.