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Herramienta · orientación civil

Ficha de prescripción de deuda

Ordena la acción, las fechas y los eventos que hay que comprobar. Esta ficha no calcula un plazo, una fecha límite, un importe ni si la deuda está prescrita.

Comprobación documental fechada el 07/10/2026. La materia foral, tributaria, de Seguridad Social y otros regímenes quedan fuera o pendientes.

Datos de orientación

Los datos se procesan en esta página. El botón de compartir copia únicamente la ruta limpia de la herramienta.

Cronología documentada

Añade tantos eventos como necesites. Solo las fechas exactas se ordenan; las aproximadas y desconocidas conservan su incertidumbre.

Checklist MASC (opcional)

El art. 7 LO 1/2025 contiene supuestos con reglas de quince días, treinta días y terminación propia. Esta ficha solo prepara el checklist y no aplica esos efectos ni guarda el contenido de la negociación.

Enlace copiado sin los datos del formulario.

Cómo usar esta ficha

Separa la fecha del documento de la fecha en que la obligación pudo exigirse. Conserva la fecha de nacimiento de la acción solo si existe una base documental. Para cada pago, reconocimiento o reclamación anota la clase de evento, su fecha, quién emite y recibe y la prueba disponible. Una reclamación no produce por sí sola un efecto automático en esta herramienta.

Régimen y límites

El recorrido civil común usa como guía los arts. 1964, 1966, 1967, 1969 y 1973 del Código Civil. Si la acción nació antes del 07/10/2015 se activa una comprobación de la transición del art. 1939 CC y la disposición transitoria quinta de la Ley 42/2015. El Derecho foral, la deuda tributaria, la Seguridad Social, la materia laboral, los daños y la herencia requieren su régimen propio y no reciben un plazo civil por defecto.

Si el periodo potencial cruza el intervalo 14/03/2020–03/06/2020 se muestra una bandera documental relacionada con el Real Decreto 463/2020, disposición adicional cuarta, y el Real Decreto 537/2020, art. 10. La bandera no suma ni resta días. El recorrido MASC enlaza la LO 1/2025, arts. 7, 9 y 10, y conserva por separado los supuestos de quince días, treinta días y terminación; no automatiza sus efectos.

Fuentes oficiales y alcance de lectura

La comprobación se hizo sobre unidades seleccionadas de estas normas, no sobre sus textos íntegros. Es orientación editorial asistida por IA, sin revisión de abogado ni asesoramiento personalizado. Antes de reutilizar esta orientación hay que comparar de nuevo la fuente vigente.

Preguntas frecuentes

¿La fecha de la factura basta?

No. Hay que determinar cuándo fue exigible la obligación, qué acción se ejercita y si existen incidencias que afecten al cómputo.

¿Toda reclamación reinicia el plazo?

No debe presumirse. Hay que revisar régimen, contenido, destinatario, prueba y efectos del acto concreto.

¿Heredar una deuda crea un plazo nuevo?

No se puede deducir un plazo general nuevo del hecho de heredar. Debe estudiarse la obligación y su cronología anterior.

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