Garaje y trastero en la comunidad: derechos, cambio
Conoce tus derechos sobre garajes y trasteros en comunidades: cambio de uso, venta y propiedad en Madrid. Todo lo que debes saber en 5 minutos.
Por el equipo de Legia· verificado con fuentes oficiales
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Garaje y trastero en la comunidad: ¿son tuyos de verdad?
Imagina que compraste un piso en una urbanización de Madrid y, junto con él, adquiriste un pequeño trastero en el sótano y una plaza de garaje en el aparcamiento subterráneo. Pagaste 35.000 € por el trastero y 42.000 € por la plaza. Pero al mes siguiente, el presidente de la comunidad te llama para decirte que “el trastero no es tuyo en exclusiva: forma parte de los elementos comunes y lo vamos a redistribuir entre todos los vecinos”. ¿Pueden hacer eso? ¿Y si quieres vender tu plaza de garaje separadamente del piso? ¿O convertir tu trastero en un taller de carpintería?
Estas preguntas son muy frecuentes —y generan mucha confusión— porque garajes y trasteros no se rigen igual que las viviendas, aunque estén en el mismo edificio. En esta guía te explicamos, paso a paso y con lenguaje claro, qué derechos tienes, cuándo puedes cambiar su uso y cómo venderlos legalmente. Todo basado en la ley española aplicable a comunidades de propietarios.
¿Qué tipo de propiedad tienen garaje y trastero?
No todos los espacios anexos a tu vivienda son iguales desde el punto de vista jurídico. La clave está en cómo aparecen descritos en la escritura de compraventa y en las actas de constitución de la comunidad.
Hay dos categorías principales:
Elementos privativos: Son aquellos que pertenecen a un solo propietario, como tu piso, tu plaza de garaje o tu trastero —pero solo si están debidamente individualizados y registrados como tales.
Elementos comunes: Son los pasillos, escaleras, fachadas, ascensores… y también, en algunos casos, garajes o trasteros que no se asignaron expresamente a nadie.
La diferencia no es caprichosa: depende de cómo los definió el promotor al construir el edificio y cómo los inscribió en el Registro de la Propiedad.
Por ejemplo:
✅ Si tu escritura dice “plaza de garaje número 12, situada en planta -1, con superficie útil de 12,5 m², inscrita como elemento privativo”, entonces es tuya, como tu salón.
❌ Pero si la escritura solo menciona “derecho de uso de una plaza de garaje según disponibilidad”, sin número ni descripción técnica, probablemente sea un uso precario o incluso común.
Aquí entra en juego el LPH art. 14, que establece que los elementos privativos son aquellos destinados al uso exclusivo de un propietario, siempre que consten así en la escritura de constitución de la comunidad o en la escritura de compraventa. Es decir: no basta con que lo uses; debe estar reconocido formalmente.
¿Puedes usar tu trastero o garaje como quieras?
No del todo. Aunque seas dueño, tu garaje o trastero sigue formando parte de un edificio regido por una comunidad. Y eso impone límites.
Imagina que decides convertir tu trastero de 6 m² en un pequeño gimnasio con máquinas ruidosas, o instalar un compresor de aire para pintar coches. ¿Es legal? Depende de tres factores:
El destino original: Si el trastero fue construido y registrado como almacén de uso doméstico, cambiarlo a actividad industrial o comercial requiere autorización previa.
El reglamento de régimen interior: Muchas comunidades prohíben expresamente actividades profesionales o ruidosas en zonas de trasteros. Si ese reglamento fue aprobado por mayoría (y está inscrito), te vincula.
El impacto sobre los vecinos: El CC art. 396 dice que “nadie puede hacer en su propiedad lo que perjudique a los derechos de los demás”. Si tus vibraciones dañan el piso de abajo o el olor a pintura molesta a los vecinos, podrían demandarte —incluso aunque tu escritura no diga nada al respecto.
Ejemplo real: En Barcelona, un propietario transformó su trastero en taller de reparación de bicicletas. Los vecinos denunciaron el ruido y el tráfico constante de clientes. El juzgado le ordenó cesar la actividad porque violaba el CC art. 396 y el reglamento comunitario.
⚠️ Importante: Cambiar el uso no requiere votación de la comunidad si se mantiene dentro del destino original (por ejemplo, usar el trastero para guardar cajas, maletas o herramientas). Pero si cambias su naturaleza —de almacenamiento a taller, oficina o vivienda— sí necesitas permiso de la comunidad y licencia municipal.
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